SELECCIONE UNA CATEGORÍA:

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES

Thuiswinkel Organisatie

Names4ever está vinculada a la Nederlandse Thuiswinkel Organisatie, la organización comercial que reúne a las empresas neerlandesas que hacen negocios a distancia con el consumidor. Los miembros de Thuiswinkel.org trabajan de conformidad con las normas de conducta de esta organización (Gedragsregels Thuiswinkel Waarborg), las cuales cobijan la legislación, la normativa y las directrices vigentes en Europa y en los Países Bajos, términos y condiciones generales vinculantes y métodos apropiados para la solución de conflictos. Las normas de conducta están directamente vinculadas a la garantía de Thuiswinkel (Thuiswinkel Waarborg), la marca de calidad para consumidores que garantiza compras seguras y fiables a través de internet, por teléfono, catálogo, correo, etc. Thuiswinkel Waarborg garantiza la seguridad y fiabilidad de sus compras en Names4ever.nl. Si no estuviera satisfecho con un producto o servicio y no llegáramos juntos una solución satisfactoria, usted cuenta con la garantía adicional de la comisión conciliadora de Thuiswinkel (Geschillencommissie Thuiswinkel). La decisión de esta comisión es vinculante para Names4ever y para usted como cliente.

thuiswinkel_waarborg

Términos y Condiciones Generales

Artículo 1 – Definiciones

En estos Términos y Condiciones se entenderá por:
1. Comerciante: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia al consumidor.
2. Consumidor: la persona física, que no actuando dentro del marco de una profesión o negocio, celebra un contrato a distancia con el comerciante.
3. Contrato a distancia: un contrato en el cual, en el marco de un sistema organizado por el comerciante para la venta a distancia de productos y/o servicios, hasta el momento de su finalización, se hace uso exclusivo de una o más técnicas de comunicación a distancia.
4. Técnicas para comunicación a distancia: los medios que pueden utilizarse para celebrar un contrato sin que el consumidor y el comerciante deban encontrarse simultáneamente en un mismo lugar.
5. Período de gracia: plazo durante el cual el consumidor puede hacer uso de su derecho de desistimiento.
6. Derecho de desistimiento: la posibilidad que tiene el consumidor para rescindir el contrato a distancia dentro del período de gracia.
7. Día: día natural.
8. Transacción a plazos: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios en el que la obligación de suministro y/o compra se extiende por un período de tiempo determinado.
9. Soporte de datos duradero: todo instrumento que permita al consumidor o comerciante almacenar la información, que le hubiera sido suministrada personalmente, en una forma que facilite su consulta futura y su reproducción sin alteración de la información almacenada.

Artículo 2 – Identidad del comerciante

Names4ever
Opaal 310, 3316LE Dordrecht, Países Bajos

Correo electrónico: info@names4ever.es
Cámara de Comercio: 20114123 0000
N.° de registro IVA: NL812874535.B01

Artículo 3 - Aplicabilidad

1. Estos términos y condiciones generales aplican a toda oferta del comerciante y a todo contrato a distancia celebrado entre el comerciante y el consumidor.
2. El texto de estos términos y condiciones generales se dará a conocer al consumidor antes de celebrar el contrato a distancia.  Si, dentro de lo razonable, esto no fuese posible, se le comunicará, antes de celebrar el contrato, que podrá consultarlos en las instalaciones del comerciante y que, a solicitud suya, se le enviará un ejemplar a la mayor brevedad posible y sin coste alguno.
3. Contrario a los señalado en el apartado anterior, y si el contrato a distancia se celebrase por vía electrónica, el texto de estos términos y condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor, antes de celebrar el contrato a distancia, de manera tal que éste pueda guardarlo fácilmente en un soporte de datos duradero. Si, dentro de lo razonable, esto no fuese posible, se le indicará, antes de celebrar el contrato a distancia, dónde puede consultar los términos y condiciones generales a través de un medio electrónico, y que, a su solicitud, estos le podrán ser enviados, sin coste alguno, mediante la vía electrónica o de cualquier otro modo.
4. En caso de que, además de los términos y condiciones generales, aplicasen otras condiciones específicas sobre los productos o los servicios, lo señalado en los apartados dos y tres resultará de aplicación análoga y el consumidor, en caso de conflicto en las condiciones generales, podrá apelar en todo momento a la disposición aplicable que le resulte más beneficiosa.

Artículo 4 – La oferta

1. Si una oferta tuviese una vigencia determinada, o estuviese sujeta a condiciones específicas, se indicará de ello expresamente en la misma.
2. La oferta incluirá una descripción completa y detallada de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción será los suficientemente detallada para permitir al consumidor una buena evaluación de la misma. Si el comerciante utilizase ilustraciones, éstas representarán fielmente los productos y/o servicios ofrecidos. Cualquier posible falta obvia o error en la oferta no obligará de ninguna forma al comerciante.
3. Las ofertas incluirán la información suficiente, de manera que al consumidor le resulte claro cuales son los derechos y obligaciones vinculados a la oferta. Lo anterior comprende, en particular:
• El precio, incluidos los impuestos.
• Los posibles costes del envío.
• La forma como se celebrará el contrato y los trámites requeridos para ello.
• La aplicabilidad o no del derecho de desistimiento.
• La forma de pago, entrega o ejecución del contrato.
• El plazo para la aceptación de la oferta, o bien el plazo de vigencia del precio.
• El importe de la tarifa de la comunicación a distancia, si los costes de uso de la técnica para comunicación a distancia se calculasen sobre otras bases distintas a la tarifa básica.
• Si el contrato se archivase una vez celebrado, se indicará de qué manera puede ser consultado por el consumidor.
• La manera como el consumidor, antes de concluir el contrato, puede obtener información sobre acciones que no desee realizar, así como la manera en que puede rectificarlas antes de celebrar el contrato.
• Los posibles idiomas, además del neerlandés, en los que puede celebrarse el contrato.
• Los códigos de conducta a los que se obliga el consumidor y la forma como puede consultar dichos códigos de conducta por la vía electrónica.
• La duración mínima del contrato a distancia, en caso de contratos que supongan el suministro continuo o periódico de productos o servicios.

Artículo 5 – El contrato

1. El contrato se celebrará, a reserva de los señalado en el apartado 4, en el momento en el que el consumidor haya aceptado la oferta y se hayan cumplido las condiciones correspondientes.
2. Si el consumidor hubiese aceptado la oferta por la vía electrónica, el comerciante, sin dilación alguna, confirmará por esta misma vía el recibo de la aceptación de la oferta. Mientras no se hubiese confirmado el recibo de la aceptación, el consumidor podrá rescindir el contrato.
3. Si el contrato se celebrase por la vía electrónica, el comerciante adoptará las medidas técnicas y organizacionales necesarias para proteger la transmisión electrónica de datos, garantizando un entorno web seguro. Si el consumidor pudiese pagar por la vía electrónica, el comerciante adoptará las medidas de protección necesarias a tal fin.
4. El comerciante podrá – dentro de los marcos legales – informarse si el consumidor está en capacidad de satisfacer sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que resultasen de interés para la celebración de un contrato a distancia. Si el comerciante, en virtud de esta investigación, tuviese buenos fundamentos para declinar la suscripción del contrato, tendrá derecho a negar un pedido o solicitud, o a someter su ejecución a condiciones especiales.
5. Junto con el producto o servicio, el empresario enviará al consumidor la siguiente información, por escrito, o bien de manera que pueda guardarla en un soporte de datos duradero de fácil acceso.
a. La dirección de la sede del comerciante a donde el consumidor pueda dirigir sus quejas.
b. Las condiciones y la forma como el consumidor puede hacer uso del derecho de desistimiento, o bien una nota clara con respecto a la exclusión de dicho derecho.
c. La información sobre el servicio de postventa disponible y las garantías.
d. Los datos señalados en el artículo 4, apartado 3, de estos términos y condiciones generales, a menos que el comerciante hubiese facilitado estos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato.
e. Los requisitos para la rescisión del contrato, siempre y cuando su duración fuese por más de un año o por tiempo indefinido.
6. Si el comerciante se hubiese obligado a entregar una serie de productos o servicios, lo anterior solo resultará de aplicación a la primera entrega.

Artículo 6a – Derecho de desistimiento tras la entrega de los productos

1. Al comprar los productos, el consumidor dispondrá de un período de catorce días para rescindir el contrato sin indicación del motivo. Este plazo entrará en vigor en la fecha de recibo del producto por o en nombre del consumidor.
2. Durante este plazo, el consumidor tratará con cuidado el producto y el embalaje. Desembalará o utilizará el producto únicamente en la medida en que ello resulte necesario para poder evaluar si desea conservarlo o no. Si decidiera ejercer su derecho de desistimiento, devolverá el producto al comerciante con todos sus accesorios y – en la medida de lo razonablemente posible – en el estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras suministradas por el comerciante.

Artículo 6b – Derecho de desistimiento tras la prestación de los servicios

1. En caso de prestación de servicios, el consumidor contará con un plazo de catorce días, a partir de la fecha de la celebración del contrato, para rescindirlo sin indicación del motivo.
2. Para hacer uso del derecho de rescisión, el consumidor observará las instrucciones indicadas razonable y claramente por el comerciante al respecto.

Artículo 7 – Costes inherentes al desistimiento

1. Si el consumidor decidiese hacer uso del derecho de desistimiento, se le cargarán, como máximo, los costes en que se incurra por la devolución de la mercancía.
2. Si el consumidor hubiese pagado algún importe, el comerciante le reembolsará dicha suma a la mayor brevedad posible o, como máximo, 30 días después de la devolución o rescisión.

Artículo 8 – Exclusión del derecho de desistimiento

1. Si el consumidor no gozase del derecho de desistimiento, el comerciante solo podrá excluirle de dicho derecho si así lo hubiese manifestado claramente en el momento de la oferta o, por lo menos, oportunamente antes de celebrar el contrato.
2. La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para productos:
a. Que el comerciante hubiese fabricado de acuerdo con las especificaciones del consumidor.
b. Cuya naturaleza fuese de carácter personal exclusivamente.
c. Que no pudieran ser devueltos debido a su naturaleza.
d. Que pudieran deteriorarse o hacerse obsoletos rápidamente.
e. Cuyo precio dependiera de fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el comerciante no ejerciese ningún control.
f. Para números individuales de periódicos y revistas.
g. Para grabaciones de audio y vídeo y programas de software de ordenador cuyo sello hubiese sido roto por el consumidor.
3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para servicios:
a. Relacionados con alojamiento, transporte, restaurantes o actividades de esparcimiento, a ejecutar en una fecha o período determinado.
b. Cuya entrega se hubiese iniciado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que expirase el período de gracia.
c. Relacionados con apuestas y loterías.

Artículo 9 – El precio

1. Durante el período de vigencia mencionado en la oferta no podrán incrementarse los precios de los productos y/o servicios ofrecidos, excepto los incrementos resultantes de cambios en las tarifas del IVA.
2. Contrario a lo señalado en el apartado anterior, el comerciante podrá ofrecer los productos o servicios, cuyos precios estuviesen sujetos a fluctuaciones de los mercados financieros ajenas a su control, a un precio variable. Esta dependencia de las fluctuaciones y el hecho de que los precios señalados son a título indicativo, deberá mencionarse en la oferta.
3. El incremento de precios, dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato, estará permitido, en todo momento, si ello fuese consecuencia de normas o disposiciones legales.
4. El incremento de precios, pasados 3 meses después de la celebración del contrato, será posible únicamente si el comerciante así lo hubiese estipulado y:
a. ello fuese el resultado de normas o disposiciones legales; o
b. el consumidor tuviese la posibilidad de rescindir el contrato en la fecha en que entrase en vigor el incremento del precio.
5. Los precios de los productos o servicios indicados en la oferta incluirán el IVA.

Artículo 10 – Conformidad y garantía

1. El comerciante velará por que los productos y/o servicios satisfagan las especificaciones indicadas en el contrato y en la oferta, los requerimientos razonables de fiabilidad y/o facilidad de uso, y las disposiciones y/o regulaciones gubernamentales vigentes en la fecha de la celebración del contrato.
2. Ningún régimen de garantía ofrecido por el comerciante, el fabricante o el importador, afectará los derechos y reclamaciones que el consumidor pudiera hacer valer en relación al incumplimiento de las obligaciones del comerciante en virtud de la ley y/o del contrato a distancia.

Artículo 11 – Entrega y ejecución

1. El comerciante pondrá el mayor cuidado posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos y al evaluar la solicitud de prestación de servicios.
2. El lugar de entrega será la dirección indicada a la empresa por el consumidor.
3. Con observancia de lo señalado al respecto en el artículo 4 de estos términos y condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos con la debida rapidez o, como máximo, dentro de los 30 días siguientes, a menos que se hubiese acordado un período de entrega mayor. De retrasarse la entrega, o si esta no pudiera cumplirse, o solo en forma parcial, se informará de ello al consumidor, cómo máximo, un mes después de recibido el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a rescindir el contrato sin coste alguno, y a recibir una posible indemnización.
4. En caso de desistimiento, de conformidad con lo señalado en el apartado anterior, el comerciante reembolsará al consumidor a la mayor brevedad posible o, como máximo, dentro de los 30 días siguientes a la rescisión, el importe pagado por él.
5. Si no fuese posible la entrega de un producto solicitado, el comerciante tratará de ofrecer un producto sustituto. Como máximo, a la entrega, se indicará de manera clara y comprensible que se trata de un producto sustituto. El derecho de desistimiento no podrá excluirse para productos sustitutos. Los costes inherentes a la devolución del producto correrán por cuenta del comerciante.
6. A menos que se hubiese dispuesto de otro modo, el riesgo de daño y/o pérdida de los productos comprenderá hasta el momento de entrega al consumidor por el comerciante.

Artikel 12 – Transacción a plazos

1. El consumidor podrá rescindir, en todo momento, un contrato celebrado por tiempo indefinido, con observancia de las disposiciones de rescisión pactadas y un plazo de preaviso de, como máximo, un mes.
2. Todo contrato celebrado por tiempo definido tendrá una vigencia de, como máximo, dos años. Si se hubiese acordado que, en caso de consentimiento tácito por el consumidor, el contrato a distancia se extendiera automáticamente, el contrato continuará como un contrato por tiempo indefinido, y el plazo de preaviso, tras la extensión, será de un mes, como máximo.

Artículo 13 – Pago

1. Por cuanto no se hubiese acordado una fecha más lejana, los importes adeudados por el consumidor deberán pagarse dentro del plazo de catorce días después de la entrega de la mercancía o, en caso de un contrato de suministro de servicios, dentro de los catorce días siguientes a la emisión de los documentos correspondientes a dicho contrato.
2. En caso de venta de productos al consumidor, los términos y condiciones generales no deberán estipular un pago por adelantado que supere el 50%. Cuando se estipule un pago por adelantado, el consumidor no podrá hacer valer ningún derecho relativo a la ejecución de dicho pedido o servicio antes de que hubiese tenido lugar el pago por adelantado en cuestión.
3. El consumidor estará obligado a informar inmediatamente al comerciante sobre cualquier irregularidad en los datos del pago.
4. En caso de incumplimiento en el pago, por el consumidor, el comerciante, salvo disposiciones legales, tendrá derecho a cargar a cuenta del consumidor los costes razonables sobre los cuales hubiese sido informado previamente.

Artículo 14 – Procedimiento para reclamaciones

1. El comerciante dispondrá de un procedimiento para reclamaciones, que informará ampliamente, y actuará de acuerdo con dicho procedimiento.
2. Toda reclamación relacionada con la ejecución del contrato deberá presentarse oportunamente al comerciante, claramente descrita y en su totalidad, tan pronto como el consumidor hubiese detectado el defecto.
3. Las quejas presentadas al comerciante se responderán dentro de un plazo de catorce días contados a partir de la fecha de su recibo. Si se prevé anticipadamente que una reclamación requerirá de un tiempo mayor, el comerciante, dentro de un plazo de catorce días, responderá al consumidor confirmando su recibo e indicándole cuándo podría esperar obtener una respuesta más concreta.

Artículo 15 – Conflictos

1.A todo contrato celebrado entre el comerciante y el consumidor, que estuviese sujeto a estos términos y condiciones generales, resultará de aplicación, exclusivamente, el Derecho neerlandés.
2.Todo conflicto nacido entre el comerciante y el consumidor en relación con la celebración o ejecución de un contrato sobre productos y servicios a suministrar por este comerciante, podrá, con observancia de los señalado a continuación, someterse a arbitraje ante la comisión conciliadora: Geschillencommissie Thuiswinkel, Postbus 90600, 2509 LT, La Haya, Países Bajos (www.sgc.nl).
3.La comisión conciliadora estudiará el conflicto únicamente si el consumidor hubiese presentado su queja primero, oportunamente, al comerciante.
4.La queja deberá presentarse a la comisión conciliadora, por escrito, tres meses después de surgir la situación, como máximo.
5.Si un consumidor desease presentar una queja a la comisión conciliadora, el comerciante estará obligado a ofrecer dicha opción. Si fuera el comerciante quien desease presentar la queja, el consumidor contará con un plazo de cinco semanas a partir del recibo de una solicitud escrita, por parte del comerciante, para manifestar por escrito su conformidad, o bien si desea someter el conflicto al juicio de un juez competente.  Si el comerciante, en el plazo de cinco semanas, no conociese la decisión del consumidor, tendrá derecho a someter el conflicto al juicio de un juez competente.
6.En su decisión, la comisión conciliadores actuará con observancia de las disposiciones expresadas en su reglamento. Las decisiones de la comisión conciliadora tendrán el carácter de un dictamen vinculante.
7.La comisión conciliadora podrá decidir no tratar un conflicto, o suspender su trámite, si al comerciante se le hubiese concedido el régimen de suspensión de pagos, se encontrase en quiebra o hubiese suspendido de hecho sus actividades comerciales antes de que la comisión hubiese tratado el conflicto en sesión y se hubiese dictado la decisión final.
8.Si, además de la comisión Geschillencommissie Thuiswinkel, tuviese competencia otra comisión conciliadora reconocida por la Stichting Geschillencommissies voor Consumentenzaken (SGC – Fundación comisión conciliadora para asuntos de los consumidores) o afiliada al Klachteninstituut Financiële Dienstverlening (Kifid – Instituto de quejas sobre servicios financieros), la comisión Geschillencommissie Thuiswinkel tendrá la jurisdicción exclusiva para tratar los conflictos relacionados principalmente con el método de venta o prestación de servicios a distancia. En todos los demás conflictos podrán actuar las demás comisiones conciliadoras reconocidas por SGC o afiliadas a Kifid.

Artículo 16 – Garantía del sector

1.La organización Nederlandse Thuiswinkel Organisatie asumirá, sin dilación alguna, las obligaciones del comerciante frente al consumidor, relativas al dictamen vinculante impuesto a éste por la comisión Geschillencommissie Thuiswinkel, si el comerciante no cumpliese sus obligaciones dentro del plazo señalado para ello en el citado dictamen. La adopción de las obligaciones del comerciante, por la organización Nederlandse Thuiswinkel Organisatie, se suspenderá siempre y cuando el citado dictamen vinculante, en un plazo de dos meses a partir de su emisión, de conformidad con el reglamento de la comisión conciliadora, se sometiese a la decisión del juez, y fuese revocado por adquisición de fuerza de cosa juzgada mediante el cual el juez hubiese declarado que el dictamen vinculante pierde su efecto de vinculante.
2.Para la aplicación de esta garantía se requerirá que el consumidor dirija por escrito un recurso de apelación ante la organización Nederlandse Thuiswinkel Organisatie y traspase a éste su reclamación frente al comerciante.

Artículo 17 Disposiciones complementarias o diferentes

Ninguna disposición complementaria, o que difiera de las señaladas en estos términos y condiciones generales, podrá perjudicar al consumidor, y deberá fijarse por escrito, o bien de tal manera que el consumidor pueda guardarla fácilmente en un soporte de datos duradero.

Artículo 18 – Modificación de los términos y condiciones generales de Thuiswinkel

1.La organización Nederlandse Thuiswinkel Organisatie solo modificará estos términos y condiciones generales previa consulta a la asociación de consumidores (Consumentenbond).
2.Toda modificación de estas condiciones entrará en vigor, únicamente, después de que hubiese sido publicada apropiadamente, entendiéndose por ello que, en caso de modificación dentro del período de validez de una oferta, prevalecerá la disposición que resultase más favorable para el consumidor.

Dirección de la organización Nederlandse Thuiswinkel Organisatie:

Postbus 7001
6710 CB
EDE, Países Bajos.